Desde que su vivienda cuenta con recepción municipal, existen plazos para hacer efectivas las responsabilidades en caso de fallas
o defectos que afecten a las edificaciones, que pueden ser de:
- 10 años: cuando afectan a la estructura.
- 5 años: cuando afectan a los elementos constructivos o de instalaciones.
- 3 años: cuando afectan las terminaciones o de acabado.
Todo conforme a la Ley Nº20.016 que introdujo modificaciones a la Ley General de Urbanismo y Construcciones.